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Se amplían los plazos de los tributos al cobro como medida excepcional por la crisis del coronavirus

El Ayuntamiento de Agüimes ha ampliado los plazos establecidos para el pago de los impuestos y tasas municipales que se encuentran en periodo de cobro. La medida, aprobada esta semana mediante decreto de alcaldía, extenderá la fecha límite hasta el 31 de mayo, 45 días más de lo inicialmente previsto.

El decreto publicado por el Ayuntamiento fundamenta la adopción de esta medida en la situación excepcional por la que están atravesando las familias, los autónomos y las pequeñas y medianas empresas como resultado del Estado de Alarma declarado para la contención del coronavirus COVID-19. El cierre de la mayoría de los establecimientos comerciales y de restauración ha generado un panorama de incertidumbre económica en gran parte de la población, lo que exige la implicación de las administraciones públicas para paliar las posibles consecuencias.

El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), la tasa por entrada de vehículos y reserva de la vía pública (vados), la tasa por ocupación de terrenos de uso público con mesas, sillas y otros elementos análogos y la tasa por utilización del dominio público local para cajeros automáticos, cuyos periodos de pago voluntario vencían el 17 de abril, han visto ampliado el plazo hasta el último día del mes de mayo. Esta medida se suma a la ampliación de la fecha límite para acogerse al Plan de Pago Especial, el programa mediante el cual los vecinos pueden abonar los tributos municipales de forma más fácil y cómoda, distribuyéndolos a lo largo de todo el año.

El plazo para ser incluido en el Plan finalizará el 30 de abril, un mes más tarde de lo habitual. La solicitud puede ser tramitada a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento o mediante correo electrónico dirigido a atencion.tributaria@aguimes.es, acompañado del correspondiente formulario debidamente firmado, disponible para descarga en la web municipal www.aguimes.es. El Plan de Pago Especial conlleva importantes beneficios para la ciudadanía. Además de permitir la división mensual de todos los recibos, sin recargos ni intereses, supone la ventaja añadida de una bonificación del 5% en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI).

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