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Revisado: 22/0/2024

Actualizado (si se ha realizado alguna modificación): ___

5.7.1. Información general sobre las cuantías por asistencias a órganos colegiados.

La Base 36ª de Ejecución del Presupuesto del Ayuntamiento de Agüimes sobre Indemnizaciones de los miembros de la Corporación, indica que sólo serán retribuidos los miembros de la oposición:

 1.- Indemnizaciones por asistencias:

 

Explicación

A cada miembro de la Corporación sin dedicación exclusiva ni parcial.

1.1.- Asistencia a sesiones plenarias, con un máximo de 24 al año, por cada una:

110,00€

1.2.- Asistencia a Junta de Gobierno con un máximo de 4 sesiones al mes, por cada una:

50,00€

1.3.- Asistencia a Comisiones Informativas, mesas de contratación y cualquier otra comisión y foro para las que sean debidamente convocados, máximo de 10 al mes, por cada una:

 

80,00€

1.4.- Fundación de Medios de Comunicación, por cada asistencia a comisión:

80,00€

1.5.-Turismo Rural, S.L., por cada asistencia a comisión:

80,00€

1.6.- En el caso de asistencia conjunta a dos o más sesiones del mismo órgano el mismo día, sólo se percibirán indemnizaciones de asistencia por una sola.

  2.- Indemnizaciones por gastos de locomoción.

 

Explicación

A cada Concejal Delegado de Área, y a cada Concejal – Portavoz se le indemnizará por kilometraje y demás gastos de desplazamiento emanados de su actividad, con la cantidad mensual no superior a:

 

 

400,00€

En caso de que algún Concejal desempeñe al mismo tiempo los cargos de portavoz y  Delegado de Área, solo se le retribuirá por un cargo cualquiera sea el número de los que ostente.