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Revisado: 20/08/2024

Actualizado (si se ha realizado alguna modificación): 20/08/2024

6.1.1. La iniciación de los procedimientos de elaboración de los proyectos de ordenanza o reglamento especificando su objeto y finalidad.

La función de elaboración de las propuestas normativas corresponde a los órganos políticos o directivos competentes por razón de la materia, al menos a dichos órganos corresponde asumir el proyecto, redactado por sus propios servicios o por otros, impulsarlo y tramitarlo con la colaboración de la Secretaría (régimen común), o de la Asesoría Jurídica (régimen de gran población) en cuanto a órganos competentes en materia de asesoramiento legal.