15.2.3. Criterios de distribución.

(se mantienen los mismos para el año 2023)


1. Subvenciones para el impulso de la actividad empresarial y el fomento de la contratación de personas desempleadas en el municipio de Agüimes.

1. Dentro de la modalidad EMPRENDE se otorgará una ayuda por importe de 500 € a todas las personas físicas solicitantes que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 4.1. de estas bases reguladoras.

2. Dentro de la modalidad CONTRATA el importe máximo a subvencionar por cada contratación laboral será, en CONTRATA I de 3.000,00 € y en CONTRATA II de 1.300,00 €, condicionada al cumplimiento de los requisitos establecidos en estas bases.

Se subvencionará como máximo un número de tres contrataciones por empresa o entidad beneficiaria.

Cuando la contratación se efectúe a tiempo parcial, el importe de la subvención que corresponda se reducirá en la misma proporción que la jornada, siendo el importe máximo para los contratos a jornada completa (40 horas semanales). La dotación presupuestaria destinada en estas líneas de subvenciones, de conformidad con el Presupuesto General de la Corporación, será aquella que se establezca para cada ejercicio económico o convocatoria, siendo para el ejercicio 2020 de 100.000,00 euros consignados en la aplicación presupuestaria “912G4700000 – SUBVENCIÓN PARA FOMENTO DE EMPLEO A EMPRESAS Y PARTICULARES”, quedando la concesión de la subvención sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas de las convocatorias anuales.

PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN. Las ayudas se otorgarán mediante convocatoria pública entre las personas y empresas interesadas que cumplan con las condiciones de las bases hasta agotar el crédito disponible, según el orden en que la solicitud haya tenido entrada en el Registro General de este Ayuntamiento, o en los lugares previstos en la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

2. Subvenciones a entidades culturales.

La cuantía de la subvención se concederá según los puntos que hayan obtenido de acuerdo a los criterios de concesión y al porcentaje que le corresponda a cada bloque de modalidad cultural al que pertenezca, y que se detallan a continuación:

A. Asociaciones Musicales (incluye cualquier modalidad de música y de baile)……....32%

B. Asociaciones Culturales……...........................................................................………….61%

C. Otras ………..…………............................................................................…………….………. 7%

CRITERIOS OBJETIVOS DE OTORGAMIENTO DE LA SUBVENCIÓN Y, EN SU CASO, PONDERACIÓN DE LOS MISMOS.

La ponderación relativa atribuida a cada uno de los criterios de valoración es la siguiente:

a) Criterio del interés cultural………………..........................………….……..50%

b) Criterio de números de actividades en el Municipio de Agüimes…. 30%

c) Criterio de número de Socios……............................………..…………....20%

Cada entidad beneficiaria percibirá una subvención equivalente a la suma de las cantidades obtenidas en cada uno de los criterios establecidos para cada bloque de modalidades.

PROCEDIMIENTO DE VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES:

Criterio de valoración a) Interés Cultural.

La ponderación atribuida a este criterio (50%) se distribuirá de la siguiente forma:

Dentro de este apartado se valorará positivamente aquellas propuestas presentadas que aporten actividades cuya temática se diferencie de las programadas en el Municipio de Agüimes. Se valorará la implicación de otros agentes locales distintos al solicitante. Se valorará también aquellos proyectos que entienda la cultura como un elemento transformador y de cohesión social y como herramienta para el diálogo y para la construcción de una sociedad más democrática y que persigan entre sus objetivos aspectos como la participación, la trasformación, la sostenibilidad y la accesibilidad.

1. Grado bajo: 1 punto

2. Grado medio: 5 puntos

3. Grado Alto: 10 puntos

Criterio de valoración b) Números de actividades en el municipio de Agüimes:

La ponderación atribuida a este criterio (30%) se distribuirá de la siguiente forma:

Se valorará el número de actividades programadas durante el año 2018 en el Municipio de Agüimes independientemente de las propuestas en el proyecto presentado a esta convocatoria.

1. De 1 a 2 actividades: 1 punto

2. De 3 a 4 actividades: 3 puntos

3. Más de 5 actividades: 5 puntos

La ponderación correspondiente a este criterio se distribuirá directamente proporcional al número de puntos que hayan obtenido entre las entidades participantes de cada bloque de modalidades .

Criterio de valoración c) Número de Socios

La ponderación atribuida a este criterio (20%) se distribuirá de la siguiente forma:

La distribución se realizará según los siguientes parámetros:

1. 0 a 6 socios: 1 punto

2. 7 a 20 socios: 2 puntos

3. 21 a 60 socios: 3 puntos

4. 61 a 80 socios: 4 puntos

5. Más de 80: 5 puntos

La ponderación atribuida a este criterio se distribuirá directamente proporcional al número de puntos que hayan obtenido para cada uno de los bloques de modalidades.

 

3. Subvenciones a entidades deportivas.

La cuantía de la subvención se concederá según los puntos que hayan obtenido de acuerdo a los criterios de concesión y al porcentaje que le corresponda a cada bloque de modalidad deportiva al que pertenezca, y que se detallarán en cada convocatoria.

CRITERIOS OBJETIVOS DE OTORGAMIENTO DE LA SUBVENCIÓN Y, EN SU CASO, PONDERACIÓN DE LOS MISMOS.

La ponderación relativa atribuida a cada uno de los criterios de valoración es la siguiente:

a) Número de licencias federativas de cada modalidad deportiva…...……. 55%

b) Número de equipos por categorías, pertenecientes a la entidad……….. 30%

c) Antigüedad en el municipio de Agüimes…....................................……..… 15%

Cada entidad beneficiaria percibirá una subvención equivalente a la suma de las cantidades obtenidas en cada uno de los criterios establecidos para cada bloque de modalidades deportivas asignados.

PROCEDIMIENTO DE VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES:

Criterio de valoración –a) Licencias.

La ponderación atribuida a este criterio (55%) se distribuirá de la siguiente forma: Se asignará los puntos que correspondan según número de licencias deportivas de cada club, teniendo en cuenta de forma independiente el bloque de modalidad deportiva en la que se encuentre, con una distribución directamente proporcional al número de puntos que hayan obtenido entre las entidades participantes de cada bloque de modalidades deportivas. Como medida para el fomento del deporte femenino, se considera la ficha deportiva femenina con un valor doble que la masculina.

Criterio de valoración – b) Número de equipos.

La distribución se realizará según los siguientes parámetros: Se distribuirá los puntos según número de equipos que pertenezcan al mismo club y que desarrollen su actividad fundamental en el municipio, de acuerdo con la siguiente tabla, y teniendo en cuenta de forma independiente el bloque de modalidad deportiva en la que se encuentre.

Número de equipos pertenecientes al mismo club

Puntos

1 o 2

1

3 o 4

2

5 o 6

3

7 u 8

4

9 o 10

5

11 o 12

6

13 o 14

7

A partir de 15

8

La ponderación correspondiente a este criterio se distribuirá directamente proporcional al número de puntos que hayan obtenido entre las entidades participantes de cada bloque de modalidades deportivas.

Existen deportes cuya actividad tiene un carácter individual, al margen de que exista en estas modalidades clasificaciones individuales o por equipos (fruto de la suma de los resultados individuales de cada componente. Como es el caso: atletismo, natación, gimnasia rítmica, kárate, taekwondo, etc. En todos estos casos sólo se contabilizará un equipo. Como medida para el fomento del deporte femenino, se valorará con un punto adicional cada equipo femenino completo que presente cada entidad deportiva.

Criterio de valoración – c) Antigüedad.

La distribución se realizará según los siguientes parámetros: Se distribuirá los puntos para cada club, según el número de años desarrollando su actividad fundamental en el municipio de Agüimes de acuerdo con los siguientes parámetros.

1. Por desarrollar su actividad fundamental de 2 hasta 5 años en el municipio…………..…. 1 punto

2. Por desarrollar su actividad fundamental de 6 hasta 10 años en el municipio………..... 2 puntos

3. Por desarrollar su actividad fundamental de 11 hasta 15 años en el municipio………... 3 puntos

4. Por desarrollar su actividad fundamental de 16 hasta 20 años en el municipio......…... 4 puntos

5. Por desarrollar su actividad fundamental de 21 hasta 25 años en el municipio…......... 5 puntos

6. Por desarrollar su actividad fundamental de 26 hasta 30 años en el municipio.…........ 6 puntos

7. Por desarrollar su actividad fundamental de 31 hasta 35 años en el municipio.….....… 7 puntos

8. Por desarrollar su actividad fundamental de 36 hasta 40 años en el municipio....…..... 8 puntos

En este criterio a partir de los 40 años se le sumará 1 punto al valor anterior según vaya superando fracciones de 5 años

La ponderación atribuida a este criterio se distribuirá directamente proporcional al número de puntos que hayan obtenido para cada uno de los bloques de modalidad deportiva.

CUANTÍA INDIVIDUALIZADA DE LA SUBVENCIÓN O CRITERIOS PARA SU DETERMINACIÓN.

La dotación presupuestaria destinada en esta línea de subvenciones de conformidad con el Presupuesto General de la Corporación será aquella que se establezca para cada ejercicio económico, quedando la concesión de la subvención sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas de las convocatorias anuales.

El importe de la subvención, en ningún caso, podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras administraciones públicas o de otros entes públicos o privados, ya sean autonómicas, nacionales o transnacionales, supere el presupuesto del proyecto para el que se solicita, es decir, la cuantía de la ayuda aprobada no podrá superar el 100% del valor de los gastos susceptibles de la subvención.

 

4. Becas económicas a deportistas residentes en el municipio de Agüimes.

1. Por ranking clasificatorio.

CLASIFICACIÓN AUTONÓMICO

PUNTOS

5 puntos

3 puntos

2 puntos

CLASIFICACIÓN NACIONAL

PUNTOS

15 puntos

12 puntos

10 puntos

9 puntos

8 puntos

7 puntos

6 puntos

5 puntos

4 puntos

10º

3 puntos

Los mismos puestos a nivel Europeo 5 puntos más y si estos son a nivel mundial 10 puntos más.

La puntuación por clasificación no será acumulativa si diera lugar a puntos por varias pruebas o clasificaciones, teniendo en cuenta tan sólo la que resultara más beneficiosa para cada deportista.

2. Por otras situaciones.

SITUACIONES

PUNTOS

Etapa formativa (hasta categoría cadete)

3 puntos

Etapa de desarrollo (hasta categoría juvenil, 18 años)

4 puntos

Etapa de consolidación (mayor de 18 años)

5 puntos

Deportista Discapacitado (mayor 33%)

3 puntos

Deportista Femenina (Mujer)

2 puntos

Por Currículum Deportivo

De 1 a 5 puntos

Estos criterios de “Por otras situaciones” y su puntuación tendrán carácter acumulativo. Se establecerá un mínimo de 8 puntos para poder optar a una beca.

La suma total de los puntos obtenidos por todos los deportistas que hayan solicitado en tiempo y forma las presentes becas y reúnan los requisitos para su concesión, se dividirán entre la cantidad total destinada para estas ayudas, obteniéndose el valor punto, multiplicándose por los puntos de cada deportista dará como resultado la beca para cada uno de ellos.

La beca máxima anual que cada deportista podrá recibir en base a los puntos obtenidos será la siguiente:

- Entre 8 y 20 puntos, 250 euros.

- Más de 20 y hasta 25 puntos, 350 euros.

- Más de 25 y hasta 30 puntos, 450 euros.

- Más de 30 puntos, 600 euros.

Todos los deportistas que hayan solicitado correctamente en plazo y forma, según la convocatoria, una beca y reúnan los requisitos mínimos, tendrán acceso gratuito a las Instalaciones Deportivas Municipales para entrenamientos de su deporte durante doce meses desde la concesión. Si no pudiera facilitarse el entrenamiento en su deporte, se podrá acceder a otro espacio deportivo mediante solicitud expresa. En cualquier caso el acceso gratuito se limitará al uso de una instalación o espacio deportivo.

 

5. Subvenciones destinadas a la ejecución de proyectos de solidaridad y cooperación al desarrollo económico y social de poblaciones desfavorecidas.

Las subvenciones a proyectos de cooperación de desarrollo económico y social de poblaciones desfavorecidas se distribuirán de la siguiente forma:

1. Para acciones de sensibilización, información y educación al desarrollo se destinará hasta un máximo del 3%.

2. Para acciones o proyectos de satisfacción de necesidades sociales básicas y de desarrollo local sostenible se destinará hasta el 77% de la dotación presupuestaria de la convocatoria. Asimismo podrán ser destinados a este tipo de ayudas la dotación presupuestaria destinada a los proyectos de ayuda humanitaria y de emergencia, de sensibilización, información y educación al desarrollo que en el mes de diciembre no hubiera sido asignada a dichos tipos de ayuda.

3. El 20% de la partida se destina a ayuda humanitaria y de emergencia.

CRITERIOS DE VALORACIÓN.

Los criterios de valoración de los proyectos para la concesión de las subvenciones serán valorados entre 0 y 100 puntos, según las variables siguientes:

Criterios generales:

a) Competencia, capacidad técnica y de gestión y experiencia de la Organización solicitante y de la contraparte o socio local, de 0 a 5 puntos.

b) Respecto a la prioridad y eficacia objetiva, se tendrá en cuenta la valoración de la finalidad del proyecto, el origen de su demanda, el sector de desarrollo de incidencia, así como el volumen y características de la población beneficiaria, de 0 a 5 puntos.

c) La existencia de sede social y actividad acreditada en la isla de Gran Canaria por parte de las entidades solicitantes, de 0 a 20 puntos.

d) En cuanto a la financiación, será obligatorio que los proyectos cuenten con los siguientes requisitos, y serán valorados entre 0 a 10 puntos:

Una cofinanciación de la contraparte local, de entidades del país donde se ejecute el proyecto o de otras vías.

La cofinanciación puede ser valorizada en recursos humanos, materiales,.. o en efectivo.

Una participación financiera de los solicitantes (aportación en efectivo sobre el presupuesto total del proyecto), superior a la mínima exigida.

Un presupuesto eficiente y ajustado a las acciones a desarrollar.

Respecto a la eficacia económica, se tendrá presente el porcentaje del presupuesto que se destina directamente a la finalidad última del proyecto.

La adquisición de bienes o suministros de la zona donde se desarrolla la acción, siempre que resulte posible.

e) La presentación de proyectos que generen “buenas prácticas” de desarrollo con integración de las perspectiva de género, siempre que sea posible y serán valorados entre 0 a 5 puntos.

f) Que el proyecto se desarrolle en algunos de los municipios hermanados con Agüimes (Tichla, en la RASD, Somoto, en Nicaragua, y Santa Clara, en Cuba), serán valorados entre 0 a 20 puntos.

Criterios técnicos:

a) Identificación precisa del problema o la necesidad socioeconómica que el proyecto pretende abordar, de las alternativas de intervención y su clara formulación en cuanto a los contenidos y objetivos a alcanzar, de 0 a 10 puntos.

b) Coherencia interna del cuerpo del proyecto (objetivos, resultados, actividades y sistema de indicadores/fuentes de verificación) y de los factores externos de influencia, así como la calidad técnica y formal de su formulación, de 0 a 10 puntos.

c) Demostración de la viabilidad y sostenibilidad del proyecto en cuanto a su ejecución y continuidad una vez finalizada la asistencia externa y/o de su impacto positivo y duradero sobre la situación objetivo y la población beneficiaria, de 0 a 10 puntos.

d) Idoneidad de los métodos de acompañamiento, seguimiento y evaluación previstos, de 0 a 5 puntos.

Los proyectos para ser estimados deberán al menos obtener 60 puntos, salvo proyectos financiados anteriormente por el Ayuntamiento de Agüimes, que deberán tener al menos 40 puntos.

La asignación de la cuantía de la subvención se hará en función de la puntuación obtenida y de la consignación presupuestaria que exista para ese fin.

Si la cantidad de proyectos presentados y aprobados supusiese que el reparto proporcional que corresponda, conforme a la baremación, hiciese inviable la ejecución de algunos de los proyectos, se podrá alegar falta de dotación presupuestaria para denegar la subvención a aquellos que menos puntuación hayan obtenido en la baremación. Distribuyéndose la consignación presupuestaria entre el resto hasta agotarla.

ÁREAS Y CAMPOS PRIORITARIOS DE INTERVENCIÓN.

1. No se señalan áreas geográficas prioritarias, independientemente de la valoración que se conceda a los proyectos que se realicen con los municipios hermanados con Agüimes, supeditándose este punto al objetivo fundamental de la cooperación internacional, el cual es combatir las situaciones de pobreza o subdesarrollo.

2. Serán considerados prioritarios los proyectos que, fomentando la auto-organización y la participación de los beneficiarios, estén dirigidos a:

a) Los sectores de población que se encuentran en condiciones objetivas más desfavorables, como las mujeres, la infancia, la juventud, las poblaciones indígenas y los refugiados y/o desplazados en aquellos países.

b) El desarrollo de recursos humanos en los ámbitos de la educación básica, la formación, la salud, la alimentación, el empleo y la vivienda.

c) El impulso de infraestructuras básicas en estos mismos ámbitos.

d) La promoción y consolidación de los derechos humanos.

e) El fomento de recursos energéticos, evitando el deterioro del medio ambiente y promoviendo un desarrollo sostenible.

f) Respeto a la identidad cultural.

g) Defensa y promoción de los Hermanamientos.

h) Potenciar organizaciones populares.

 

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Puede acceder a toda la información sobre “Ayudas y subvenciones” del Ayuntamiento de Agüimes a través de la plataforma digital del “Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas”, dependiente de la Intervención General de la Administración del Estado, del Ministerio de Hacienda y Función Pública del Gobierno de España.

¿Cómo hacerlo?

Puede acceder a la información de "Convocatoria" y de "Concesiones", para lo que deberá, en ambos casos:
1.- En el apartado  "Convocante" o "Concedente" (según sea Convocatoria o Concesiones), subapartado “Entidades Locales”, escribir la palabra “Agüimes” y pinchar en “Localizar”.

2.- Se abrirá una nueva ventana, en la que deberá activar el resultado de la búsqueda, que será “Ayuntamiento de Agüimes”, pinchando finalmente en “Aplicar”.

3.- Y por último, pinchar en la página principal “Buscar”. Entonces, al final de la misma página, tendrá acceso a toda la información sobre ayudas y subvenciones del Ayuntamiento de Agüimes.