BASES GENERALES REGULADORAS DEL CONCURSO DEL CARTEL DEL CARNAVAL DE AGÜIMES (Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, n.º 48, miércoles 21 de abril de 2021) Las presentes bases reguladoras del concurso del Cartel del Carnaval de Agüimes que cada año se convoca por parte del Ayuntamiento de Agüimes, se establecen conforme a la Ordenanza Reguladora de Subvenciones del Ayuntamiento de Agüimes (en adelante ORSA) y por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, LGS), así como por las Bases de ejecución del presupuesto general del Ayuntamiento de Agüimes. 1.- Requisitos y obligaciones de los beneficiarios: Podrán tomar parte en el Concurso todas aquellas personas que lo deseen siempre que reúnan los requisitos que exige el artículo 11 de la LGC y no incurran en algunas de las causas de prohibición que regula el artículo 13 de la misma Ley general. Cada participante podrá concursar con el número máximo de obras, originales e inéditas, que se dispongan en la Convocatoria anual que a tal efecto se efectúe. El Ilustre Ayuntamiento de Agüimes, se inhibe de toda responsabilidad de las obras y material entregado que concursen en este premio, derivada de robo, incendio u otra causa de fuerza mayor, así como de los daños que puedan sufrir en los actos de recepción y devolución durante el tiempo que esté bajo su custodia y no suscriba póliza de seguros que cubra tales riesgos. 2.- Contenido de las propuestas: Las propuestas deberán contener las siguientes rotulaciones: - Carnaval de Agüimes, añadiendo el año correspondiente, las fechas comprendidas que procedan en ese año y el nombre de la Alegoría que proceda ese año. 3.- Presentación y formato: Los trabajos presentados deberán ser originales y no podrá aparecer seña o marca que identifique al autor/a de los mismos. El embalaje, transporte y seguro de las obras será realizado por el/la autor/a o por la persona en quién delegue tanto en su entrega como en su retirada. No se admitirán trabajos enmarcados ni protegidos por cristal o realizados en materiales cuyo transporte represente un riesgo evidente para la integridad de la obra y su devolución. Podrán optar al concurso los trabajos de TÉCNICA LIBRE, siempre que no exista dificultad para su impresión y reproducción por cualquier medio. El tamaño de los carteles será de 60 x 40 cms. Trabajos a presentar impresos en papel fotográfico MATE A3: 1.- Imagen del cartel. 2.- Adaptación del cartel a distintos soportes de mobiliario urbano: a).- Seniors. Tamaño papel 3.130 mm. x 2.300 mm. / Área visible 3060 mmx 2230 mm. b).- Mupis. Tamaño papel 1,20 m. x 1,75 m. / Área visible 1,16 m. x 1,71 m. c).- Columnas. Tamaño papel 1,20 m. x 3,25 m. / Área visible1,15 m. x3,20 m. 3.- Adaptación del cartel a los diferentes soportes digitales: Redes sociales (las medidas pueden sufrir ligeras variaciones, se ruega confirmar en los distintos soportes) Twitter: * Fondo Twitter: 1.600 x 1.200 pp. Logotipos y destacado en la franja de la izquierda en vertical, aproximado a la esquina superior izquierda para que no lo tape el timeline. Si se sobrepasan los primeros 90 pp. quedará cubierto por el TL. * Cabecera: 1.500 x 500 pp. * Avatar: 250 x 240 pp. Facebook: * Avatar, 180 x 180 pp. * Cabecera, 851 x 315 pp. * Instagram: 2.048 x 2.048 pp. * Todo el material gráfico anteriormente descrito deberá entregarse en formato.jpg y archivo vectorial abierto en una unidad usb. Igualmente tiene que ser presentados en formato PDF o JPG con bastante calidad. 4.- Plazo y lugar de presentación de los trabajos: Las obras deben presentarse en la OAC (Oficina de Atención al Ciudadano) de este Ayuntamiento acompañadas del impreso de SOLICITUD GENERAL, exponiendo que se presenta obra para el CONCURSO DEL CARTEL DEL CARNAVAL del año que proceda. 5.- Documentación e informaciones a acompañar en la solicitud de inscripción: En los trabajos presentados NO aparecerá ni el nombre ni el seudónimo, ni cualquier seña o marca de identificación del autor, debiendo consignarse en un sobre cerrado aparte, una ficha indicando los siguientes datos: NOMBRE, APELLIDOS, EDAD, DOMICILIO, TELÉFONO, FOTOCOPIA del DNI O DOCUMENTO ACREDITATIVO del autor de la misma, TÍTULO de la OBRA Y TÉCNICA UTILIZADA. Siendo necesario adjuntar un sobre por cada cartel presentado. Al dorso de la obra se consignará el título o lema, ese mismo título o lema figurará en el sobre cerrado y sellado en el que se encuentre el material a presentar. Igualmente, los trabajos deberán ir acompañados por los documentos e informaciones que se soliciten en la convocatoria correspondiente y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.3 de la LGS en concordancia con lo establecido en la ORSA. 6.- Jurado: El Jurado, que no percibirá retribución económica alguna, se constituirá por la Concejalía de Festejos o persona en la que delegue, y estará formado por los miembros representantes de cada colectivo del Carnaval de Agüimes, y un secretario/a con voz pero sin derecho a voto. El Jurado así formado seleccionará, de entre las obras presentadas en plazo y forma, aquella que a su juicio, deba ser merecedora del premio. La decisión del Jurado será INAPELABLE, estando facultado para si lo estima oportuno, declarar desierto el concurso. No se otorgará más de un premio. 7.- Premio, pago y justificación: El/la autor/a de la obra ganadora, percibirá la cantidad que se haya aprobado en los presupuestos generales municipales del año que proceda. El autor o autores premiados otorgan, al Ayuntamiento de Agüimes, la propiedad en exclusiva de todos los derechos económicos de propiedad intelectual inherentes a la obra premiada, pudiendo libremente proceder a la reproducción, distribución, comunicación pública y transformación durante el plazo señalado por el artículo 269 del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, teniendo derecho a expresar la obra por cualquier medio o soporte tangible, comprendiendo, todas y cada una de las modalidades de explotación, incluyéndose los derechos de reproducción en cualquier soporte o formato, así como los derechos de distribución y comunicación pública de la obra, para su explotación comercial en todo el mundo. Queda expresamente incluida la emisión y transmisión online de las obras y su puesta a disposición a través de las redes digitales interactivas. Como justificación de la subvención se entiende la obligación del autor a entregar la reproducción de su obra original. 8.- Exposición y retirada de las obras no premiadas: Las obras presentadas serán expuestas al público en las dependencias municipales de la Concejalía de Festejos. Las obras no premiadas se podrán retirar por su autores o personas en quien delegue (con autorización expresa), mediante solicitud presentada en el registro general de este Ayuntamiento. 9.- Protección de datos de carácter personal: En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales se informar que los datos personales facilitados en la convocatoria, podrás ser incorporados a los ficheros que conforman las bases de datos del Ayuntamiento de Agüimes, ante el que podrá ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, dirigiéndose al Registro General del Ayuntamiento de Agüimes. 10.- Responsabilidad y régimen sancionador: Los beneficiarios de las subvenciones reguladas en las presentes Bases quedarán sometidos a las responsabilidades y régimen sancionador que se establece en el artículo 22 y 23 de la ORSA, el cual se remite al Título IV de la LGS. 1 11.- Interpretación y aplicación: En lo no previsto en estas Bases, se estará a lo dispuesto en la ORSA y legislación de carácter general, además de la normativa de régimen local.