SESIÓN ORDINARIA DEL PLENO CELEBRADA EL VEINTICUATRO DE JUNIO DE DOS MIL VEINTICUATRO SRES. ASISTENTES: SR. ALCALDE- PRESIDENTE ÓSCAR HERNÁNDEZ SUÁREZ SRES. CONCEJALES: MARIA ISABEL SUAREZ VERA EVA MATILDE LÓPEZ CAZORLA FRANCISCO MANUEL GONZALEZ RAMOS AGUSTIN CARMELO SANTANA CABALLERO JUANA TERESA MARTEL SUAREZ EFRAIN ALBERTO GONZALEZ RODRIGUEZ RUBÉN ALBERTO ROMERO PALACIO OMAIRA DEL PINO QUINTANA RAMÍREZ ALBERTO SANTANA LOZANO CARMEN ROSA GUEDES MARTÍN ABILDO JOSÉ GONZÁLEZ GARCÍA JOSEFA ISABEL MÉNDEZ DÁVILA JOAQUIN LOPEZ DE ALBA ELOISA MÉNDEZ GONZÁLEZ ANTONIO VÉLEZ PÉREZ BÁRBARA CABRERA CAZORLA IULIA MARÍA BOCEA MITEU ROBERTO MARTÍNEZ CIFRE SR. INTERVENTOR: MIGUEL ÁNGEL ROSADO CONTRERAS SR. SECRETARIO GENERAL: ANTONIO PATIÑO LÓPEZ FALTAN JUSTIFICADAMENTE: FRANCICO MANUEL TRUJILLO TRUJILLO CATALINA EUGENIA SUÁREZ SUÁREZ En la Villa de Agüimes, siendo las veinte horas, del día veinticuatro de junio de dos mil veinticuatro, se reunieron los señores relacionados anteriormente, al objeto de celebrar sesión ordinaria del Pleno corporativo. Los Sres. Concejales fueron convocados y notificados en la forma legalmente establecida. A continuación, se pasó a tratar y discutir los asuntos establecidos en el orden del día, recayendo los siguientes acuerdos: 1.- SECRETARÍA GENERAL. NÚMERO: 2024/8784K. LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL BORRADOR DE ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR, CELEBRADA EL DÍA 27 DE MAYO DE 2024.- Dada cuenta por el Sr. Alcalde, del borrador de acta de la sesión anterior, celebrada el día 27 de mayo de 2024, el mismo es aprobado en sus literales términos, por unanimidad de los diecinueve asistentes. 2.- INTERVENCIÓN. NÚMERO: 2024/8738K. MODIFICACIÓN PRESUPUESTO Nº 23/2024.- Doña María Suárez Vera da cuenta al Pleno, para su aprobación, si procede, del dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda, Especial de Cuentas y Administración General, celebrada el día 18 de junio de 2024: “INTERVENCIÓN. Exp. 2024/00008738K. Propuesta de aprobación modificación presupuestaria 23/2024. María Isabel Suárez Vera, Concejal del Ayuntamiento de Agüimes, responsable de las áreas de Hacienda y Contratación, con la finalidad de que sea aprobado por el Pleno Municipal la MODIFICACIÓN DE PRESUPUESTOS, número 23/24 por importe de 620.890,66€ La propuesta textualmente señala lo siguiente: Resultando que mediante providencia de 17 de junio de 2024, se ha incoado expediente de modificación del presupuesto mediante SUPLEMENTOS DE CRÉDITOS FINANCIADOSCON EL REMANENTE DE TESORERÍA. PARA GASTOS GENERALES DISPONIBLE derivado de la liquidación del presupuesto del ejercicio 2023. Considerando que no al no haberse suspendido las reglas fiscales por la autoridad competente, ha dado lugar a la aplicación de mismas para 2024 aunque no se hayan aprobado sus objetivos. En consecuencia, las modificaciones presupuestarias para este ejercicio tienen que cumplir los objetivos de estabilidad presupuestaria. Resultando que la actividad que promueve este Ayuntamiento en el ámbito de sus competencias exigen la realización de gastos de carácter específico y determinado para los que no existen o son insuficientes los créditos presentes del vigente presupuesto y que no pueden demorarse hasta el ejercicio siguiente, puesto que podrían perjudicarse los servicios y actividades que presta esta Municipalidad. Vistos los informes emitidos por la Intervención Municipal sobre el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y regla de gasto, y sobre la posibilidad de utilización del citado remanente de tesorería para gastos generales que constan en el expediente y teniendo en cuenta la no suspensión de las reglas fiscales. Considerando lo que prevé el artículo 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales -TRLRHL-, y artículo 36.1-c) del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de Presupuestos. En virtud de lo expuesto al Comisión Informativa de Hacienda, Especial de Cuentas y Administración General, el que suscribe, PROPONE: PRIMERO.- Aprobar inicialmente el expediente de modificación de créditos número 23/2024 mediante SUPLEMENTOS DE CRÉDITOS FINANCIADOS CON EL REMANENTE DE TESORERÍA. PARA GASTOS GENERALES DISPONIBLE derivado de la liquidación del presupuesto del ejercicio 2023, cuyo resumen es el siguiente: 1. APLICACIONES PRESUPUESTARIAS AFECTADAS: 2. FUENTES DE FINANCIACIÓN. El incremento de gasto propuesto se financia mediante créditos procedentes de los Remanentes de Tesorería para Gastos Generales disponible, derivado de la Liquidación del Presupuesto del ejercicio de 2023. Los cuadros siguientes son los resúmenes referidos a los capítulos de gastos e ingresos del Presupuesto de 2024 afectados por esta modificación, así como la financiación 3. ESTADO DEL REMANENTE DE TESORERÍA TRAS LA MOFICIACIÓN SEGUNDO.- Declarar necesarios y urgentes los referidos gastos y la insuficiencia de otros medios para su financiación, que se realizará por medio de créditos procedentes de los Remanentes de Tesorería para Gastos Generales disponible, derivados de la Liquidación del Presupuesto del ejercicio de 2023 por el importe de la modificación mencionado. TERCERO.- Exponer al público la aprobación inicial en el tablón de anuncios y en el Boletín Oficial de la Provincia por un período de quince días hábiles, contados desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, poniendo a disposición del público la documentación correspondiente, durante el citado plazo los interesados podrán examinar la documentación y presentar reclamaciones ante el Pleno de la Corporación. CUARTO.- Que se dé cuenta al Pleno del Ayuntamiento de las reclamaciones y sugerencias que se formulen, que se resolverán con carácter definitivo, o en caso de que no se presenten, el acuerdo provisional se elevará automáticamente a definitivo. QUINTO.- El acuerdo de aprobación definitiva y el resumen por capítulos de la modificación de créditos, deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia para su vigencia e impugnación jurisdiccional. SEXTO.- Del expediente de la modificación de créditos definitivamente aprobada, se remitirá copia a la Dirección General de Administración Territorial y Gobernación del Gobierno de Canarias, y a la Delegación de Hacienda de la Provincia de Las Palmas, simultáneamente a su remisión al Boletín Oficial de la Provincia. Los miembros de esta Comisión, consultado el expediente y los informes y tras las explicaciones oportunas dictaminan favorable, con la anuencia de todos los Concejales, sobre el traslado ante el PLENO MUNICIPAL, para su APROBACIÓN del expediente para la APROBACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DE PRESUPUESTO, número 23/24 y conforme lo dispuesto en el artículo 123 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales en relación con el artículo 126 de dicha disposición reglamentaria, procediendo por tanto, su pase a la Secretaria General del Ayuntamiento para su incorporación, si procediera por la Alcaldía, al Orden del día del próximo PLENO.” -------------------------- Doña Josefa Isabel Méndez Dávila (PSOE) repite en este punto lo que ya habían dicho en anteriores plenos, y que repite también el interventor en su informe. La autonomía de la corporación en la libre utilización del remanente de tesorería debe estar presidido por el principio de eficiencia en la utilización de los recursos públicos y en el de la prudencia. Sometido a votación el punto referente a la modificación del presupuesto nº 23/2024, el mismo es aprobado con quince votos a favor (RA, Grupo Mixto: CC, y concejal no adscrito) y cuatro abstenciones (PSOE y Grupo Mixto: VOX). 3.- INTERVENCIÓN. NÚMERO: 2024/8133Z. RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITOS 3/2024.- Doña María Suárez Vera da cuenta al Pleno, para su aprobación, si procede, del dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda, Especial de Cuentas y Administración General, celebrada el día 18 de junio de 2024: “INTERVENCIÓN. Exp. Nº: 2024/00008133Z. RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITO 3/24. María Isabel Suárez Vera, Concejal del Ayuntamiento de Agüimes, responsable de las áreas de Hacienda y Contratación, con la finalidad de que sea aprobado por el Pleno Municipal el RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITOS, número 3/24 por importe de 415.683,04€. La propuesta textualmente señala lo siguiente: Vista la relación de gastos procedentes de ejercicios anteriores, correspondientes a obras, servicios y suministros prestados a este Ayuntamiento, por un importe total de CUATROCIENTOS QUINCE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES CON CUATRO (415.683,04€). Visto el informe emitido por la Intervención Municipal. Considerando que la aprobación del presente expediente de reconocimiento extrajudicial de créditos corresponde al Pleno de la Corporación por no existir dotación presupuestaria específica, tal y como dispone el artículo 60 del Real Decreto 500/1990,de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo primero del título sexto de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. En virtud de lo expuesto al Comisión Informativa de Economía, Hacienda, Especial de Cuentas y Administración General, el que suscribe, PROPONE: PRIMERO.- Resolver la discrepancia y levantar el reparo formulado por la Intervención Municipal, continuando la tramitación del expediente. SEGUNDO.- Aprobar el reconocimiento extrajudicial, expediente nº 2024/00008133Z (expediente de reconocimiento extrajudicial 3/24) por un importe total de CUATROCIENTOS QUINCE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES CON CUATRO (415.683,04€). Siendo las facturas afectadas las relacionadas en el expediente y que se reproducen en el expediente. A las mismas se añaden las cuotas de alquiler adeudadas que se encuentran recogidas en el dossier relacionado: 2023/00018359D, (Cuantía de las facturas: 410.034,09€ más la deuda de alquiler 5.648,95€). TERCERO.- Aplicar al presupuesto del ejercicio vigente los correspondientes créditos, con cargo a las aplicaciones que se señalan en la operación contable identificada en el expediente. Los miembros de esta Comisión, consultado el expediente y los informes y tras las explicaciones oportunas dictaminan favorable, con la anuencia de todos los Concejales, sobre el traslado ante el PLENO MUNICIPAL, para su APROBACIÓN del expediente para RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITOS, número 3/24 y conforme lo dispuesto en el artículo 123 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales en relación con el artículo 126 de dicha disposición reglamentaria, procediendo por tanto, su pase a la Secretaria General del Ayuntamiento para su incorporación, si procediera por la Alcaldía, al Orden del día del próximo PLENO.” --------------------------- Doña Iulia María Bocea Miteu (Grupo Mixto: VOX) dice que el reconocimiento extrajudicial de crédito supone una especie de quiebra al principio de anualidad presupuestaria y luego se debe hacer un doble ajuste en los presupuestos de 2024. Le llama la atención que hay facturas de octubre de 2023. Doña Josefa Isabel Méndez Dávila (PSOE) manifiesta que los reconocimientos extrajudiciales se han convertido en manera recurrente de actuar para hacer los pagos. El interventor en su informe de reparo, hace hincapié en dejar constancia, que no se están valorando las circunstancias de oportunidad, necesidad o urgencia, que motivan el expediente. La mayoría de las facturas son del año 2023, y obviamente si se ha prestado el servicio, entendemos que hay que pagarlo. No obstante esto, y partiendo siempre del principio de la buena fe, consideramos que hay un error, necesitamos una explicación con respecto a tres facturas. En la ficha del expediente 2024/8133Z, de fecha 4 de junio de 2024, están relacionadas las siguientes facturas en la ficha de identificación: factura nº 29, de fecha 2 de octubre de 2023, por importe de 21.563,85 euros; factura nº 38, de fecha 13 de noviembre de 2023, por importe de 41.696,81 euros; y la factura nº 46, de fecha 14 de diciembre de 2023, por importe de 7.632,65 euros. Son las mismas facturas, con el mismo número, con el mismo importe, y con las mismas fechas de emisión, que las relacionadas en el expediente 2024/426F, que se llevaron en el pleno del mes de mayo. Por razones de confidencialidad no decimos el nombre de la empresa. Entendiendo que hay un error, hasta que esto no sea subsanado este punto debe quedar sobre la mesa. Doña María Suárez Vera (RA) responde que hay proveedores que tardan muchísimo en presentar las facturas. Esta no es una forma recurrente de pago. Estamos hablando solo de unos 400.000 euros, cuando anualmente pagamos cerca de 42.000.000 de euros. Hay muchas facturas que se deben principalmente a servicios de mantenimiento de instalaciones municipales. De hecho representan el 80% de este reconocimiento extrajudicial. Hay dos expedientes en contratación, con varios lotes, sobre servicios de mantenimientos, que próximamente ya contarán con sus correspondientes contratos. Hay facturas que son del año pasado, y que este año ya tienen contrato, como es el caso de las facturas de telefonía. Da la sensación de que hablan de que hay facturas duplicadas, y eso no es así por una sencilla razón, porque cuando se aprobó el mes pasado el reconocimiento extrajudicial, al día siguiente se pagaron las facturas, y esas facturas ya aparecen como pagadas, y el programa no te deja volverlas a incorporar en ningún otro listado de reconocimiento de créditos. Lo que si puede ser es que hayan otras facturas con los mismos importes, como por ejemplo el del mantenimiento de los ascensores, y la empresa se equivoque y mantenga el mismo número de factura. Pero, si quieres, para solventar la duda, después del pleno lo vemos. El Sr. Alcalde dice que vamos a votar el punto, para no retrasar los pagos. No obstante, antes del pago, se comprobará que no existe esa duplicidad de facturas. Sometido a votación el punto referente al reconocimiento extrajudicial de créditos 3/2024, el mismo es aprobado con trece votos a favor (RA y concejal no adscrito) y seis abstenciones (PSOE, Grupo Mixto: CC y VOX). 4.- SECRETARÍA GENERAL. NÚMERO: 2024/7763N. MOCIÓN CONCEJAL NO ADSCRITO “MENAS”.- Don Roberto Martínez Cifre da cuenta al Pleno, que en la Comisión Informativa de Desarrollo Urbano y Política Social, celebrada el día 18 de junio de 2024, se trató el tema de la moción del concejal no adscrito, sobre los MENAS (menores extranjeros no acompañados). Siendo el siguiente el texto de la moción: “HECHOS Que LOS MENORES INMIGRANTES ILEGALES que viven en un albergue cerca de la playa del Cabrón en la playa de Arinaga están causando múltiples incidentes con los vecinos de este barrio de Aguimes contrastados por este concejal. Que este centro de acogida depende de una ONG vinculada al Gobierno de Canarias que se hace cargo en este albergue hasta que cumplen 18 años. Que estos menores son trasladados en pateras desde Marruecos principalmente con una cultura y una educación de este país, que no puede acoplarse con la nuestra, y que genera clanes o guetos de los que tenemos muchos ejemplos en Barcelona (Raval), Paris (Saint Denis) o Bruselas (Molenbeek) donde la policia no puede entrar. * Estoy en contra de la opinión que estos inmigrantes trabajarán en oficios durante su vida laboral y contribuirán a fortalecer el sistema de pensiones español. Su forma de ganarse la vida difiere mucho de esta percepción. Marruecos es un país muy rico, con grandes posibilidades de trabajo y nos envía y deja salir del Reino Alauita a aquellas personas que salen de sus cárceles o están con alguna tara social y no les interesa como fuerza laboral; eso sí, están educados y conocen a fondo la religión islámica. * España ha sido una fuente de trabajadores en la década de los 60 y 70, sobre todo a Alemania y Suiza, eso sí tenían en su poder un contrato de trabajo y un empleo al que acudir, todo bien regulado. Ahora se les facilita un hotel u albergue y dinero para gastos incluyendo un móvil con el que ejercen el efecto llamada a otros compatriotas que desean obtener dinero fácil, sin trabajar. Aún sabiendo que es el Estado español quien obtiene fondos de Bruselas para subvencionar a estos menores ilegales y a las ONGs que los custodian y gestionan millones de euros; siendo un grandísimo negocio que quieren seguir ejerciendo, SOLICITO Que el Ayuntamiento pida el cierre de este albergue de MENAS en nuestro municipio y que sean trasladados a la Península de forma urgente, por el bien común de los vecinos de Aguimes y en previsión de futuros problemas de convivencia.” --------------------------- Don Roberto Martínez Cifre (concejal no adscrito) dice que esta propuesta depende del Gobierno central y no del Ayuntamiento. Lo que pasa es que en Arinaga, tenemos unos MENAS en un albergue, y considera de motu proprio, que se tiene que cerrar, porque todo son problemas. Estas personas que han venido en patera, vienen por el efecto llamada, porque los países de donde vienen son ricos, y allí tienen trabajo, lo que pasa es que no le pagan lo mismo que les pagan aquí. Esos menores aquí cobran 800 euros todos los meses. Su opinión es que los menores deben estar en su país de origen. Cuando cumplen los 18 años, tenemos un problema adicional. Según las cifras del INE, en 2023, es que el 70% no cotizaban. Vienen porque el Estado los mantienen, tanto cuando son menores, como a partir de cumplir los 18 años. Doña Iulia María Bocea Miteu (Grupo Mixto:VOX) considera que esta moción no es decorosa y no reúne los requisitos formales, porque contiene opiniones personales. Habla de una ONG y ni siquiera sabe de cuál de ellas se trata. Habla de traslado urgente de menores a la Península, cuando es sabido que con el traslado de menores a la Península, se aumenta el efecto llamada. Usted propone también una clase de secuestro institucional de estos menores. Por todo ello, va a votar en contra. Doña Josefa Isabel Méndez Dávila (PSOE) dice que el Ministro de Política Territorial y Memoria democrática, Don Ángel Víctor Torres, y el Presidente de Canarias, Don Fernando Clavijo, han llegado a un acuerdo, para hacer un frente común, con una modificación de la Ley, que responda a una solidaridad obligatoria, absolutamente justa, para que todo el territorio español, albergue una distribución de menores no acompañados que están llegando a Canarias. No obstante, el pueblo canario, son personas solidarias donde se acoge con respeto y dignidad a las personas que llegan a nuestras islas. No vamos a bajar la guardia frente al racismo y la xenofobia, y los discursos de estigmatización que intentan generar sentimientos negativos y de rechazo hacia los inmigrantes. Doña Eva López Cazorla (RA) manifiesta que según el artículo 35 de la Ley 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y el artículo 172 del Código Civil, que determina el concepto de situación de desamparo, quedan bajo la tutela y la guarda de la Dirección General de Protección del Menor y la Familia, del Gobierno de Canarias. En ese mismo artículo de la Ley, se expresa que la administración general del Estado y las Comunidades Autónomas podrán establecer convenios con ONG, fundaciones y entidades, dedicadas a la protección de menores, con el fin de atribuirles la tutela ordinaria de los menores extranjeros no acompañados, quedando evidenciada la competencia de la gestión de estos centros. No siendo ésta municipal, no podemos instar al cierre de los mismos, ni el traslado de esas personas a la Península, ya que nos parece una vulneración de los derechos fundamentales y un atentado contra las leyes de protección de los menores inmigrantes no acompañados. Reiteramos la preocupación por esos mensajes de inseguridad y delincuencia, que fácilmente se relacionan con la inmigración. Es obligación de la corporación municipal ser fieles a la realidad de los datos. Por todo ello, no podemos apoyar su propuesta. Don Roberto Martínez dice que se ratifica en su opinión, porque él ha vivido diez años en esos países, y sabe que son países muy ricos, donde hay mucho trabajo. El Sr. Alcalde expresa que nos debemos como responsables públicos, al jurar o prometer en la toma de posesión, a defender la verdad y la ley. No se pueden verter falsedades en este salón de plenos. La frase de que reciben 800 euros mensuales, los niños que están en estos centros, es absolutamente falsa. Sometido a votación el punto referente a la moción del concejal no adscrito sobre los menores extranjeros no acompañados, el mismo NO es aprobado, con un voto a favor (concejal no adscrito) y dieciocho votos en contra (RA, PSOE, CC y VOX). 5.- SECRETARÍA GENERAL. NÚMERO: 2024/8839F. MOCIÓN GRUPO MIXTO (VOX) “AUMENTO DE PLAZAS OFERTADAS PARA BACHILLERATO EN NUESTRO MUNICIPIO.- Doña Iulia María Bocea Miteu da cuenta al Pleno, que en la Comisión Informativa de Desarrollo Urbano y Política Social, celebrada el día 18 de junio de 2024, se trató el tema de la moción del Grupo Mixto (VOX) sobre el aumento de plazas ofertadas para bachillerato en nuestro municipio. Siendo el siguiente el texto de la moción: “MOCIÓN PARA INSTAR A LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DEL GOBIERNO DE CANARIAS PARA QUE ESTUDIE LA NECESIDAD DE AUMENTAR LAS PLAZAS OFERTADAS PARA BACHILLERATO EN NUESTRO MUNICIPIO La presente moción se formula de conformidad con la siguiente EXPOSICIÓN DE MOTIVOS PRIMERO. Al salir de un centro educativo del municipio que no tenga los estudios de continuidad en el mismo, a los alumnos se les asigna como instituto de referencia para la continuidad, otro Instituto o colegio del municipio. SEGUNDO. Este año, nos hemos encontrado con la situación que a los alumnos que no han optado por dicho instituto en primera opción se les ha dejado en lista de espera en todos los institutos del municipio, incluido el que les correspondería como opción de continuidad. De los datos que manejamos, en el instituto Joaquín Artiles hay aproximadamente 23 alumnos en lista de espera, en el instituto de Playa de Arinaga hay aproximadamente unos 35 alumnos en la misma situación y en el instituto del Cruce de Arinaga, otros tantos en el primer curso de Bachillerato. TERCERO. Un grupo de padres afectados han solicitado por escrito que, puesto que se trata de alumnos que están empadronados en el municipio, que llevan estudiando en Agüimes desde infantil y en muchos casos con expedientes académicos excepcionales, que se revise la situación, se dé una rápida solución a estos alumnos y se haga una provisión urgente de plazas de tal manera que se solucione el problema, ya que, a pesar de no ser el Bachillerato obligatorio, la administración está obligada a proveer plazas acorde a la demanda. CUARTO. Año tras año, se observa que la situación de las plazas para ciertos institutos y colegios es cada vez más complicada, debido al crecimiento poblacional de nuestro municipio, debido también a que la percepción sobre el Bachillerato ha cambiado, que hay cada vez más alumnos que quieren ir a la Universidad. El Ayuntamiento de Agüimes, a través de la Concejalía de Educación (que sabemos que ostenta competencias mínimas relacionadas con educación), de primera mano conocedor de la realidad y las necesidades del municipio debería instar a la Consejería de Educación del Gobierno de Canarias a realizar un estudio pormenorizado de dichas necesidades para prevenir situaciones como la que se da este año. Es cierto también que hay más oferta en los ciclos formativos de nuestro municipio, y nos sentimos enormemente orgullosos de ello, puesto que la salida que ofrece la formación profesional es excelente, teniendo en cuenta que nuestro municipio tiene la ventaja del Polígono Industrial con más de 600 empresas y más de 8000 empleos directos, dónde los alumnos pueden realizar sus prácticas dentro del municipio, pero el Bachillerato sigue siendo una opción muy demandada en nuestro municipio. Por todo ello, proponemos llegar al siguiente acuerdo: Que el Ayuntamiento de Agüimes inste a la Consejería de Educación del Gobierno de Canarias, a la Dirección Territorial de Educación y al inspector de zona que estudien la demanda, que se haga una previsión con antelación cada año y se dé una solución a la posible falta de plazas de Bachillerato en nuestro municipio.” ------------------------------ Doña Omaira Quintana Ramírez (RA) dice que la moción se basa en listas provisionales, datos que no reflejan la realidad actual de escolarización en nuestro municipio. Para tener una visión precisa le gustaría exponer las cifras reales de alumnado de 4º de la ESO, en los últimos años: -Curso 2020-2021: 356. -Curso 2021-2022: 362. -Curso 202-2023: 368. -Curso 2023-2024: 358. Como se puede apreciar no hay un aumento exponencial respecto a años anteriores. Respecto a la mención de que hay cierta cantidad de alumnos que han quedado en lista de reserva, le gustaría hacer ciertas puntualizaciones. De los 23 alumnos en lista de reserva en el IES Joaquín Artiles, solo dos de ellos tienen ese centro como centro de referencia. De los 28 alumnos de la lista de reserva del IES Playa de Arinaga, solo diez de ellos, tienen ese centro como centro de referencia. Independientemente de todo esto, la Consejería de Educación, actuó en tiempo y forma, como es habitual, para dar cabida a la demanda. Según datos de Inspección Educativa, de fecha 17 de junio de 2024, se autorizó dos grupos nuevos de 1º de Bachillerato, en el municipio de Agüimes. En resumen, el municipio de Agüimes cuenta con plazas suficientes para atender la demanda. Es necesario basarse en datos concretos y veraces, evitando alarmar innecesariamente a la población. Por todo lo expuesto, van a votar en contra. Doña Iulia María Bocea Miteu (Grupo Mixto: VOX) responde que no es su intención alarmar a la población. Nos han llegado quejas de padres, cuyos hijos se han quedado fuera, incluso en el instituto que le tocaba por zona. Sabemos que se van a crear estas plazas, pero todavía no hay una respuesta oficial. Al decir que se han creado plazas nuevas, se acredita que si hacían falta. Doña Omaira Quintana replica que como siempre, como es habitual, la Consejería ha tomado medidas y ha atendido a la demanda. Este año se han creado 60 plazas nuevas. Pero insiste en que es la misma situación que en años anteriores. Sometido a votación el punto referente a la moción del Grupo Mixto (VOX) para instar a la Consejería de Educación del Gobierno de Canarias para que estudie la necesidad de aumentar las plazas ofertadas para Bachillerato en nuestro municipio, el mismo NO es aprobado, con tres votos a favor (Grupo Mixto: CC y VOX) y dieciséis votos en contra (RA, PSOE y concejal no adscrito). 6.- SECRETARÍA GENERAL. NÚMERO: 2024/7406T. MOCIÓN GRUPO MIXTO (CC) “SOLICITUD AL CABILDO, MÉDICOS DE LAS RESIDENCIAS DE MAYORES DISPONGAN MISMAS HERRAMIENTAS INFORMÁTICAS QUE LOS DEL SCS”.- Don Antonio Vélez Pérez da cuenta al Pleno, que en la Comisión Informativa de Desarrollo Urbano y Política Social, celebrada el día 18 de junio de 2024, se trató el tema de la moción del Grupo Mixto (CC) para solicitar al Cabildo de Gran Canaria que los médicos de las residencias dispongan de las mismas herramientas informáticas que los médicos del Servicio Canario de Salud. Siendo el siguiente el texto de la moción: “Moción de Coalición Canaria para solicitar al Cabildo de Gran Canaria que los médicos de las residencias de mayores dispongan de las mismas herramientas informáticas que los médicos del Servicio Canario de Salud. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Coalición Canaria (CC) de Agüimes, propone a este pleno el solicitar al Cabildo de Gran Canaria que los médicos de las residencias de mayores de la isla dispongan de las mismas herramientas informáticas que los médicos de la Seguridad Social para poder realizar sus funciones diarias, entre ellas el poder recetar medicamentos, solicitar pruebas médicas y realizar interconsultas a médicos especialistas, sin que tengan que derivar y delegar, estas funciones básicas y diarias, en los médicos del Servicio Canario de Salud. Esta solicitud se basa en la idea de que agilizaría el funcionamiento de estos centros y mejoraría la atención a los residentes. Argumentos a favor de la solicitud: -Reducción de burocracia tanto en médicos de las residencias como en médicos del Servicio Canario de Salud: Actualmente, los médicos de las residencias tienen que derivar a los médicos de atención primaria, delegando diariamente su trabajo, para realizar las tareas administrativas, habiendo sido realizado por el médico de la residencia previamente. Es decir, el médico de la residencia asiste al paciente y toma una actitud clínica, pero como no dispone del mismo programa informático que el médico del Servicio Canario de Salud, se ve obligado a delegar su trabajo administrativo diario en un médico del Servicio Canario de Salud, generando por tanto el doble de trabajo, gasto y recurso sanitario. Delegan en todas sus tareas diarias administrativas, desde el poder recetar medicamentos, solicitar pruebas médicas o realizar una derivación a una consulta de un médico especialista. -Mejora de la eficiencia: Al poder recetar medicamentos, solicitar pruebas médicas directamente, y derivaciones a otros médicos a su criterio, los médicos de las residencias podrían atender a sus pacientes de manera más eficiente, oportuna y rápida. -Mejor atención a los residentes: Una atención más rápida y eficaz podría contribuir a mejorar la calidad de vida de los residentes en las residencias de mayores. Según versiones aportadas por los facultativos de las Residencias y del Servicio Canario de Salud, esta medida permitiría agilizar el funcionamiento de los centros y mejorar la atención a los residentes, ya que los médicos no tendrían que derivar a los pacientes a la atención primaria para este tipo de gestiones. Esta medida, permitiría agilizar el funcionamiento de estos centros y mejorar la atención a los residentes. En concreto, se propone que los médicos de las residencias tengan acceso a la historia clínica electrónica del paciente, así como a la plataforma de recetas electrónicas del Servicio Canario de la Salud (SCS). De esta forma, podrían recetar medicamentos y solicitar pruebas médicas de forma telemática, sin necesidad de derivar a los pacientes a los centros de salud o a los hospitales. Se considera que esta medida es especialmente importante en el contexto actual, marcado por la pandemia de COVID-19, que ha puesto de manifiesto la necesidad de reforzar la atención sanitaria a las personas mayores. La formación nacionalista ha hecho esta petición en el marco de una serie de propuestas para mejorar la atención a las personas mayores en el Pleno del Cabildo Gran Canaria. Entre otras medidas, CC también ha propuesto la creación de un servicio de atención psicológica para los residentes y sus familiares, así como la mejora de las condiciones laborales de los trabajadores de las residencias. Cabe destacar que esta solicitud se produce en un contexto de creciente preocupación por la situación de las residencias de mayores en España, donde se han producido numerosos casos de negligencia y maltrato durante la pandemia. Por todo lo expuesto, se presenta la siguiente PROPUESTA DE RESOLUCIÓN: UNICO.- Acordar en este Pleno Municipal, el Instar al Cabildo de Gran Canaria la propuesta que los médicos de las residencias tengan el mismo programa informático con acceso a la historia clínica electrónica del paciente, así como a la plataforma de recetas electrónicas del Servicio Canario de la Salud (SCS). De esta forma, podrían recetar medicamentos y solicitar pruebas médicas de forma telemática, sin necesidad de derivar a los pacientes a los centros de salud o a los hospitales. En el caso de no poder atender esta solicitud por parte del Cabildo de Gran Canaria, se acuerde el negociar un acuerdo con el Servicio Canario de la Salud, para que esta petición se lleve a cabo, puesto que con ello se mejora la eficiencia y tendría una mejor atención los mayores de las residencias de Gran Canaria”. Se acuerda modificar la moción, haciendo la solicitud, en vez de al Cabildo, al Gobierno de Canarias. ------------------------------- Doña Josefa Isabel Méndez Dávila (PSOE) comenta que la gestión de las residencias normalmente la llevan empresas privadas, previa licitación. Son estas empresas quienes contratan el personal sanitario, y por lo tanto, son a todos los efectos, médicos privados. Es cierto que se ha valorado que los médicos de las residencias accedan a determinada información de los pacientes del Servicio Canario de Salud, pero entendemos que esto presenta muchas dificultades legales. Es una petición de difícil solución. Doña Carmen Rosa Guedes Martín (RA) manifiesta que en el BOP de 6 de julio de 2015, se publicó la resolución del convenio entre el Cabildo y el Gobierno de Canarias, en cuanto a la delegación de competencias que en base a la Ley son propias del Gobierno autonómico. Dice textualmente: para la prestación de servicios residenciales de día y de noche, a personas en situación de dependencia, y en general, a personas mayores y con discapacidad. Sin embargo, encontramos en el marco legislativo las siguientes leyes y decretos, en materia de competencias al respecto: -La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, en su artículo 1, habla del sistema para la autonomía y atención a la dependencia, que responderá a una acción coordinada y cooperativa de la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas, con la participación, en su caso, de las entidades locales. El artículo 3 del mismo texto, en los principios de la Ley, habla de la transversalidad de las políticas en atención a las personas en situación de dependencia. -El Decreto 67/2012, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento regulador de los centros y servicios que actúen en el ámbito de la promoción de la autonomía personal y la atención a personas en situación de dependencia en Canarias. -El Decreto 1050/2013, de 27 de diciembre, por el que se regula el nivel mínimo de protección. Por todo ello, apoyaremos la moción, porque entendemos la voluntad, pero si es cierto, que deberán corregir la moción, porque las competencias, tal y como he nombrado, son únicas y exclusivas del Gobierno de Canarias. Don Antonio Vélez Pérez (Grupo Mixto: CC) dice que entendiendo que algunas residencias son gestionadas por empresas privadas, no todas son así, algunas son gestionadas directamente por el Cabildo o el Gobierno de Canarias. Pero, aquí de lo que se trata es de buscar una solución. Los médicos privados tienen los mismos derechos profesionales que los médicos del Servicio Canario de Salud. Creo que se podrían agilizar los medicamentos, pruebas médicas… Doña Josefa Isabel Méndez responde que no ha cuestionado la igualdad de los profesionales de los médicos privados con respecto a los médicos que prestan servicio en el Servicio Canario de Salud. Lo que si están valorando es la posibilidad de que varios profesionales puedan intervenir en un mismo expediente sobre un paciente. No se si con esto se puedan generar más problemas que beneficios, en el sentido de que una persona puede estar sometida a dos criterios médicos diferentes. Doña Carmen Rosa Guedes está de acuerdo, pero insiste en que las competencias son del Gobierno de Canarias, y se debería modificar la moción. Don Antonio Vélez está de acuerdo en modificar la moción. Sometido a votación el punto referente a la moción del Grupo Mixto (CC) sobre solicitud para que los médicos de las residencias de mayores dispongan de las mismas herramientas informáticas que los del SCS, con la modificación indicada, el mismo es aprobado con dieciséis votos a favor (RA, Grupo Mixto: CC y VOX, y concejal no adscrito) y tres abstenciones (PSOE). 7.- SECRETARÍA GENERAL. NÚMERO: 2024/8888X. MOCIÓN PSOE “RETIRADA DEL DECRETO QUE REGULA DEPENDENCIA Y SUS PRESTACIONES PARA LA AUTONOMÍA PERSONAL.- Doña Josefa Isabel Méndez Dávila da cuenta al Pleno, que en la Comisión Informativa de Desarrollo Urbano y Política Social, celebrada el día 18 de junio de 2024, se trató la moción del PSOE sobre retirada del Decreto que regula la dependencia y sus prestaciones para la autonomía personal. Siendo el siguiente el texto de la moción: “MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA PARA RETIRAR EL PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE LA SITUACIÓN DE DEPENDENCIA Y EL DERECHO A LAS PRESTACIONES PARA LA AUTONOMIA PERSONAL Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA El Grupo Municipal Socialista, al amparo de lo dispuesto en el Artículo 97/3 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, presenta ante este Pleno Municipal la siguiente MOCIÓN: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS PRIMERO.- El proyecto de decreto por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía Personal y Atención a la Dependencia en la Comunidad Autónoma de Canarias, cuya tramitación ha iniciado la Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias, presenta múltiples deficiencias y errores que generarán desde el inicio del procedimiento importantes problemas que afectarán a la ciudadanía, a los derechos y a los servicios que se deben prestar a las personas reconocidas en situación de dependencia y sus familias. En primer lugar, el proyecto de decreto no cumple con la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia ni respeta los criterios establecidos en el Consejo Territorial de Servicios Sociales. Presenta cambios importantes que van a afectar gravemente a los derechos de la ciudadanía en general, ya que con el nuevo planteamiento puede verse limitado el derecho de acceso al sistema o incluso expulsar del mismo a las personas solicitantes antes de ser ni siquiera valoradas, no teniendo en cuenta el objeto de la Ley 39/2006 establecido en su art. 1 ”La presente Ley tiene por objeto regular las condiciones básicas que garanticen la igualdad en el ejercicio del derecho subjetivo de ciudadanía a la promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, en los términos establecidos en las leyes”. Además, también establece: -La revisión de la capacidad económica de la unidad familiar, cuando la ley solo establece la de la persona solicitante, pudiendo ser un riesgo que puede suponer una disminución de las cuantías económicas de las prestaciones dirigidas a la atención de las personas en situación de dependencia. -El desistimiento de las solicitudes en el caso de que la persona no esté presente el día acordado de la visita, sin tener en cuenta las circunstancias de la población a la que se debe garantizar el derecho, ni la existencia de casos de fuerza mayor que impidan su presencia, como un ingreso hospitalario, la brecha digital al establecer que la citación se realice por medios telemáticos, etc. -El silencio administrativo negativo a los seis meses, si bien el expediente no se resuelve se obliga a la persona solicitante a interponer un recurso contencioso administrativo. -Se extingue el derecho reconocido si no se hace uso efectivo del servicio o prestación asignado en el plazo de un mes, sin tener en cuenta las diferentes casuísticas que puedan darse como por ejemplo la no existencia de suficientes recursos disponibles en la zona o isla donde viva la persona en situación de dependencia, siendo un problema actual en toda la comunidad autónoma agravado en las islas no capitalinas; o cualquier otra circunstancia personal sobrevenida que te impida hacer efectivo dicho servicio. -La creación de un equipo de triaje, equipo que no contempla la Ley 39/2006, para las valoraciones previas, eliminando por un lado los equipos multiprofesionales y por otro, concentrando al personal sanitario en dicho trámite, suponiendo además un incumplimiento de la normativa actual vigente, con el agravante de estar afectando, una vez más a los derechos de la persona solicitante, pues este equipo de triaje, solo con los informes previos, sin haber visto a la persona y sin realizar una valoración integral, tiene la capacidad para desestimar las solicitudes. SEGUNDO.- En relación al procedimiento, genera muchas dudas la eficacia de la unificación de la resolución de la valoración del grado de dependencia y el PIA (Programa Individual de Atención) en una fase, que se resume en una única visita domiciliaria. Un cambio que, además, elimina el carácter multidisciplinar de la valoración al dejar toda la responsabilidad en la figura de la trabajadora o trabajador social, sin propiciar una valoración integral con el personal sanitario, que sólo intervendría en la fase previa del triaje. No se tiene en cuenta el modelo normalizado de los informes de salud tal y como se recoge en los acuerdos del Consejo Territorial de Servicios Sociales y se elimina el informe social por otro informe denominado informe del entorno que no se encuentra validado, ni tiene el rigor científico del informe social. Existen riesgos de privatización o externalización del Sistema cuando se plantea la posible delegación del procedimiento en otras administraciones e incluso en entidades privadas, cuando el procedimiento para reconocer la situación de dependencia es una competencia de la Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familia. Tampoco se entiende que se permita que las personas puedan ser valoradas en entornos diferentes de su espacio de residencia habitual, ya sea su domicilio, residencia u hospital, lugar donde se puede conocer la realidad y las limitaciones de la persona en la realización de las actividades de la vida diaria. TERCERO.- El proyecto de Decreto traslada a las Entidades Locales, Cabildos y Ayuntamientos, en el artículo 4.3, competencias que le corresponden ejercer a la Comunidad Autónoma, en concreto a la consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias. Elude sus responsabilidades para trasladar a los ayuntamientos, sin haberlo acordado previamente con la FECAM y sin tener en cuenta la sobrecarga de los servicios sociales municipales, que en primer lugar tienen que atender al cumplimiento de sus propias competencias, y sin garantizar los medios suficientes para asumir esas funciones. CUARTO.- El proyecto de Decreto carece de un análisis riguroso, no ha contado para su redacción con un proceso participativo con las y los trabajadores de la consejería, FECAM y FECAI, colegios profesionales y organizaciones sociales representativas en el ámbito de la atención a personas en situación de dependencia. Con este proyecto de Decreto se ha roto todo el consenso, toda participación, toda posibilidad de trabajar en una propuesta consensuada con todas las partes implicadas y que tienen mucho que decir y mucho conocimiento y experiencia en la materia, como las y los profesionales llevan 17 años trabajando en el Sistema de Dependencia. No se ha facilitado un tiempo para el análisis y el debate en profundidad de los cambios que se quieren proponer. Además, existe articulado confuso en cuestiones muy básicas en relación a reconocimiento de derechos y extinción de los mismos. Por otro lado, el trámite de información pública se ha realizado por urgencia, limitando el tiempo del que han dispuesto las entidades para profundizar en las alternativas que el modelo planteado requiere. No se contempla la mejora en la financiación ni en los recursos humanos necesarios para garantizar una atención de calidad, que es uno de los problemas principales que tiene el sistema de dependencia en Canarias. Por todo lo expuesto, y atendiendo al calado de las modificaciones que se quieren implantar, entendemos desde el Grupo Municipal Socialista que para evitar perjuicios a la ciudadanía y en particular a las personas en situación de dependencia y su familia, evitar agravar el colapso del Sistema y posibles incumplimientos de la normativa reguladora del mismo, y teniendo en cuenta el calado de las alegaciones presentadas por los distintos agentes, entendemos que se debe retirar el decreto e iniciar un auténtico proceso participativo, que en ningún caso se puede entender cubierto con el trámite de información pública. Por todo ello, el Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de Agüimes presenta ante este Pleno para su debate y aprobación si procede el siguiente acuerdo: -Instar al Gobierno de Canarias a, retirar el proyecto de Decreto por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía Personal y Atención a la Dependencia, y poner en marcha con carácter urgente un procedimiento participativo con todos los agentes implicados para consensuar un procedimiento que garantice la igualdad en el acceso y los derechos de las personas en situación de dependencia, así como garantizar los medios humanos y materiales necesarios para el buen funcionamiento del sistema.” ------------------------------ Doña Iulia María Bocea Miteu (Grupo Mixto: VOX) dice que el PSOE con esta moción pide la retirada del inicio de un Decreto Ley, e iniciar uno nuevo, confiando que tenga el mismo éxito que tuvieron ustedes mientras gobernaban, en materia de dependencia. Es curioso que el PSOE en la exposición de motivos mencione que el informe del entorno no se encuentra validado, ni tenga rigor científico. Por otro lado, el PSOE, tras haber gobernado los últimos cuatro años, ahora vienen a dar lecciones, diciendo que el Decreto carece de un análisis riguroso, que no ha contado con un proceso participativo. Además critican la participación del sector privado, cuando este sector lo único que hace es generar empleo. Las empresas privadas también pueden aportar eficiencia, innovación, mejorando la calidad del servicio y reduciendo la carga sobre las administraciones públicas. Hay que centrarse en que los servicios sean accesibles y de alta calidad para todos los canarios. En cuanto al Decreto, el grupo parlamentario de VOX está trabajando también en su contenido. Desde VOX, en Agüimes, preferimos dar un voto de confianza a quienes han empezado a trabajar de manera incansable, a aquellas personas con conocimiento en la materia, a las personas que están implicadas al 100% en el proyecto, que a aquellos que han dejado la dirección general de dependencia y discapacidad patas arriba. Doña Carmen Rosa Guedes Martín (RA) comenta que en el pasado mes de abril, y con muy poco margen, nos hicieron llegar el proyecto de Decreto, y tras la revisión del mismo por la trabajadora social, se hicieron las aportaciones para su corrección, coincidiendo en muchos puntos de lo que dice el grupo proponente. Van a apoyar la moción. Sometido a votación el punto referente a la moción del PSOE para retirar el proyecto de Decreto por el que se regula el procedimiento de la situación de dependencia y el derecho a las prestaciones para la autonomía personal y atención a la dependencia, el mismo es aprobado con quince votos a favor (RA y PSOE) y cuatro abstenciones (Grupo Mixto: CC y VOX, y concejal no adscrito). 8.- SECRETARÍA GENERAL. NÚMERO: 2024/8880W. MOCIÓN ROQUE AGUAYRO “GRATUIDAD PUBLICACIONES BOLETINES OFICIALES”.- Doña María Suárez Vera da cuenta al Pleno, que en la Comisión Informativa de Hacienda, Especial de Cuentas y Administración General, celebrada el día 18 de junio de 2024, se trató el tema de la moción del grupo Roque Aguayro por la gratuidad de las publicaciones en los Boletines oficiales. Siendo el siguiente el texto de la moción: “MOCIÓN POR LA GRATUIDAD DE LAS PUBLICACIONES EN LOS BOLETINES OFICIALES. Las Leyes establecen la obligatoriedad de publicar en los Boletines Oficiales las ordenanzas, acuerdos, notificaciones, anuncios, etc. de las Administraciones Públicas a fin de que sean válidos legalmente y garanticen la publicidad y general conocimiento de toda la ciudadanía. Así, el Boletín Oficial de la Provincia se constituye en un auténtico periódico oficial. La Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias. («BOC» núm. 70, de 14/04/2015, «BOE» núm. 101, de 28/04/2015), establece en su DA 12ª sobre la “Gratuidad de publicaciones en boletines oficiales” que “Las publicaciones que son exigibles, por aplicación de las leyes, en los boletines oficiales de Canarias y de las provincias, serán de carácter gratuito.” Sin embargo, el Boletín Oficial de La Provincia de Las Palmas está emitiendo factura a los Ayuntamientos por las publicaciones que estos hacen, aun siendo estas publicaciones obligatorias por la Ley. Arguyen que la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de 2022, en su Disposición Adicional Tercera (BOCA 269 de 31/12/2021 – Página 56008) dice que: Se modifica la Ley 2/2000, de 17 de julio, de medidas económicas, en materia de organización administrativa y gestión relativas al personal de la Comunidad Autónoma de Canarias y de establecimiento de normas tributarias, en los siguientes términos: Se modifica el artículo 6, que queda redactado en los siguientes términos: «1. La titularidad del servicio de edición de los boletines oficiales de las provincias de Las Palmas y de Santa Cruz de Tenerife se asume por la Comunidad Autónoma de Canarias y su gestión dependerá de la consejería competente en materia de publicaciones oficiales de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias. 2. Tales boletines oficiales de la provincia continuarán gestionándose bajo el mismo régimen en que fueron recibidos por traspaso de las mancomunidades provinciales interinsulares o bien por el régimen que determine la consejería competente en materia de publicaciones oficiales de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias. 3. Hasta tanto se apruebe su normativa específica o cambie el régimen de su gestión, el régimen de exigibilidad de las tarifas de las publicaciones en estos boletines oficiales será, en todo caso, el previsto en el artículo 11 de la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias. Asimismo, se establecen las siguientes tarifas, cuya cuantía podrá ser actualizada por la consejería competente en materia de publicaciones oficiales de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias Tarifa mínima por anuncio publicación urgente: 266,64 euros. Tarifa mínima por anuncio publicación ordinaria: 133,32 euros. Tarifa general publicación urgente: 1,94 euros por milímetro de altura por columna de 80 milímetros de ancho. Tarifa general publicación ordinaria: 0,97 euros por milímetro de altura por columna de 80 milímetros de ancho. Tarifa suscripción anual: 72,30 euros». Así, mientras en la Ley de Municipios de forma expresa se quiso, a través de una DA, dejar constancia de la gratuidad de las publicaciones para los municipios, en una Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma, se incluye otra DA para establecer unos importes (que denomina “tarifas”) y para remitir a la aplicación de una normativa Estatal previa a la propia Ley de Municipios (La Ley de Municipios data de 2015 y a la que se alude en la Ley de Presupuestos de 2022 es de veinte años atrás, esto es, de 2002). El referido artículo 11 de la Ley 5/2002 referida, establece que: Artículo 11. Tasa de publicación. 1. La publicación de los textos en el Boletín Oficial de la Provincia estará sujeta al previo pago de la tasa provincial, de acuerdo con lo que establezca la ordenanza reguladora aprobada por la correspondiente Diputación Provincial. 2. Estarán exentos del pago de la tasa: a) La publicación de disposiciones y las resoluciones de inserción obligatoria. b) Los anuncios oficiales, cualquiera que sea el solicitante de la inserción, cuando la misma resulte obligatoria, de acuerdo con una norma legal o reglamentaria, así como los edictos y anuncios de Juzgados y Tribunales cuando la inserción sea ordenada de oficio. 3. Se exceptúan de la exención a que se refiere el apartado anterior las siguientes publicaciones: a) Los anuncios publicados a instancia de particulares. b) Los anuncios de licitaciones de todo tipo de contratos, de acuerdo con lo establecido en su legislación específica. c) Los anuncios oficiales de la Administración de Justicia a instancia de particulares. d) Los anuncios cuyo coste sea repercutible a los interesados según las disposiciones aplicables. e) Los anuncios derivados de procedimientos sujetos al pago de una tasa, precio público u otro tipo de derechos económicos. f) Los anuncios que puedan reportar, directa o indirectamente, un beneficio económico al remitente o solicitante, o tuvieran contenido económico. No se considerará, a estos efectos, que reporta un beneficio económico o que tenga contenido económico las citaciones para ser notificados por comparecencia en los procedimientos de recaudación de los diferentes tributos o exacciones parafiscales, en los casos en que, intentada la notificación al interesado o representante por parte de la Administración tributaria o entidades y corporaciones de derecho público a las que corresponde su recaudación, ésta no haya sido posible. g) Los anuncios que puedan o deban publicarse además en un diario, según disposición legal o reglamentaria. La respectiva ordenanza reguladora de la tasa podrá declarar la exención de todos o alguno de los supuestos exceptuados. Es decir, no solo no se aprueba una Ordenanza Fiscal que regule una Tasa, tal y como señala la Propia Ley que se incluye en la Disposición Adicional de la Ley de Presupuestos, sino que se aprovecha la misma para establecer unas “tarifas”, pese a la obligatoriedad de las publicaciones, es decir (pese a que la publicación no es de solicitud o recepción voluntaria), por lo que debería en todo caso exigirse una Tasa, y esta, obligatoriamente, regulada en una Ordenanza. Más allá de la cuestión técnica, no cabe duda de que estas publicaciones que la propia Ley de Municipios, sensible con la realidad municipal, reconoció gratuitas, ahora están suponiendo que los Ayuntamientos tengan que pagar por cada publicación, aunque se insiste, esta publicación no es voluntaria, sino obligatoria por la Ley. Y esto conlleva a sobrecostes administrativos que en nada contribuyen al desarrollo de los municipios de Canarias y que implican una detracción de recursos a favor de la Administración y en contra de los Servicios a la Ciudadanía. Por todo lo anterior, se propone adoptar los siguientes acuerdos: PRIMERO.- Instar al Gobierno de Canarias y a los diferentes grupos políticos del Parlamento de Canarias a fin de que se adopten las medidas oportunas de cara a garantizar que las publicaciones que son exigibles, por aplicación de las leyes, en los boletines oficiales de Canarias y de las provincias, serán de carácter gratuito para los ayuntamientos tal y como se establece en la Disposición Adicional Duodécima de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias. SEGUNDO.- Remitir este acuerdo a la Federación Canaria de Municipios (FECAM) para que si así lo consideran se lo haga llegar al resto de ayuntamientos canarios.” Sometido a votación el punto referente a la moción del Grupo Roque Aguayro, por la gratuidad de las publicaciones en los Boletines Oficiales, el mismo es aprobado por unanimidad de los diecinueve asistentes. 9.- DACIÓN DE CUENTA DECRETOS DE LA ALCALDÍA, ACTAS DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL Y ACTAS DE LA JUNTA GENERAL DE LA MANCOMUNIDAD.- El Sr. Alcalde da cuenta de las actas de la Junta de Gobierno Local, celebradas desde el día 13 de mayo de 2024 hasta el 27 de mayo de 2024, y de los Decretos de la Alcaldía desde el 2024/1812 al 2024/2193. Asimismo, se dio cuenta del acta de la Junta General de la Mancomunidad, de fecha 23 de abril de 2024. 10.- ASUNTOS DE LA PRESIDENCIA: 10A).- SECRETARÍA GENERAL. NÚMERO: 2024/9227G. MANIFIESTO INSTITUCIONAL POR EL DÍA INTERNACIONAL DEL ORGULLO LGTBI+, EL 28 DE JUNIO.- El Sr. Alcalde explica que es necesario votar la urgencia de este punto, ya que el mismo no pudo ser tratado en la Comisión Informativa, y para no dejarlo para el próximo pleno del mes de julio, dado que el día 28 de junio, es esta misma semana, la misma es aprobada por unanimidad de los diecinueve asistentes. Doña Eva López Cazorla da cuenta al Pleno, para su aprobación, si procede, del siguiente manifiesto institucional: “MANIFIESTAO INSTITUCIONAL POR EL DÍA INTERNACIONAL DEL ORGULLO LGTBI+, EL 28 DE JUNIO. Esta fecha conmemora el inicio del movimiento de liberación homosexual tras los disturbios de Stonewall (Nueva York, EE.UU) de 1969, donde un grupo de personas que se identificaban con el colectivo LGTBI se resistieron al acoso al que les sometía la policía con su condición. Del mismo modo que visibilizamos fechas claves como el 8 de marzo o el 25 de noviembre, también lo hacemos con el 17 de mayo el 28 de junio. De nuevo queremos instar a la igualdad, la tolerancia, el respecto y la dignidad de las personas, y en este día en especial a las que se identifican con el colectivo LGTBIQ+. Hoy queremos poner voz y dar luz a quienes aún viven en las penumbras y en silencio. Al hablar de homofobia nos referimos al temor, rechazo o aversión hacia las personas por su orientación, preferencia sexual, identidad o expresión de género. Son los estereotipos, estigmas o prejuicios, los que fundamentan una discriminación que atenta contra la igualdad, la dignidad, los derechos y las libertades de cada persona, generándose diferentes tipos de violencia. Es preocupante que en un estado democrático, aún exista la posibilidad de esconderse detrás de ciertas etiquetas que promuevan ese odio y la violencia. Es difícil comprender qué es lo que genera tanta aprensión e incomodidad cuando se habla de libertad, especialmente sexual. Miedo debería producir vivir en un estado en guerra donde la vida está en riesgo, no poder perderla en una paliza o tras un suicidio por ser homosexual. Incertidumbre debería generarnos un diagnóstico médico real, no tener que inventarnos una vida para poder ocultar lo que se siente ante una sociedad por evitar el rechazo o la marginación. Terror nos debería hacer sentir defender políticas que vulneren los derechos fundamentales de las personas, porque nos preocupe más una sigla o un color, que las propias vidas humanas. ¿Por qué seguimos poniendo el foco en las elecciones individuales y no en los derechos a la diversidad? Es momento de plantarnos, y de decir, basta ya de justificar la violencia y la desigualdad en cualquiera de sus representaciones. No nos tiene que dar miedo sentirnos diferentes porque la realidad última es que lo somos, quizás el temor es querer parecernos a una mayoría con la que no nos identificamos, que en ocasiones sigue enclaustrada en creencias del pasado que ya no suman esta sociedad. Creemos firmemente en que hay que ser valiente para entenderte, reconocerte, aceptarte y poder expresar al mundo quién eres; valiente es vivir sin miedo amando o compartiendo tu vida con quien te plazca sin tener que dar explicaciones; valiente es saber que, por encima de las opiniones, eres libre de elegir; valiente es ser una persona respetuosa, aún cuando tu sexualidad sea usada como arma de desprecio, deshonor o rechazo. Nuestro pueblo se ha convertido en todo lo que estos grupos políticos han venido defendiendo desde sus comienzos. Agüimes es un municipio, valiente, sin miedo y orgulloso, que desea continuar en la senda de quienes siempre han defendido la libertad, la igualdad y los derechos individuales. Se han dado pasos de gigante, pero aún queda un gran camino que recorrer. Seguiremos visibilizando, concienciando y trabajando arduamente por que cada cual pueda sentirse libre y orgulloso/orgullosa de ser quien quiera ser, en un municipio libre de violencia y homofobia. Hoy traemos esta declaración de intenciones, con el deseo de que, de forma unánime, la ciudadanía reciba que toda la corporación municipal se siente orgullosa del municipio en el que vivimos. ¡Agüimes, libre, valiente y sin miedo, Agüimes orgulloso!”. ------------------------------------ Doña Josefa Isabel Méndez Dávila (PSOE) dice que apoya en todos sus términos esta declaración. Ni un paso atrás en los derechos de las personas LGTBIQ+. Sometido a votación el punto referente al manifiesto institucional por el día internacional del orgullo LGTBIQ+, el 28 de junio, el mismo es aprobado con diecisiete votos a favor (RA, PSOE, Grupo Mixto:CC) y dos abstenciones (Grupo Mixto: VOX, y concejal no adscrito). 10B).- TRÁFICO Y MOVILIDAD. NÚMERO: 2024/7421S. ACTUALIZACIÓN DE LAS TARIFAS DE TAXIS.- El Sr. Alcalde explica la necesidad de votar la urgencia de este punto, ya que el mismo no pudo ser tratado en la Comisión Informativa correspondiente, justificándose la urgencia de incorporar esta propuesta de acuerdo en el Pleno del 24/06/2024 para evitar demorar un mes más la remisión a la Comisión Territorial de Precios de la Comunidad Autónoma de Canarias, para que se tramite la modificación de las citadas tarifas, siendo aprobada la misma por unanimidad de los diecinueve asistentes. Don Efraín González Rodríguez da cuenta al Pleno, de la siguiente propuesta, de fecha 24 de junio de 2024: “PROPUESTA DE ACUERDO Visto el expediente referenciado, y atendiendo a los siguientes: JUSTIFICACIÓN DE LA URGENCIA: La solicitud de actualización de tarifas urbanas del servicio de Taxi en el municipio de Agüimes viene a colación de la evolución de los costes que se han venido produciendo desde la última modificación, recogida en la Orden de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento, de fecha 02/12/2016, BOC nº2 de 03/01/2017. El estudio económico realizado por el Grupo VBA S.L, sigue los criterios fijados por la ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española y el Real Decreto 55/2017, de 3 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española, planteando en el modelo de revisión un incremento en las tarifas. El Departamento de Tesorería remite informe favorable para la actualización de tarifas urbanas del sector del taxi en Agüimes con fecha 18/06/2024. Actuando de acuerdo con los principios de celeridad y eficacia por la que se rigen las administraciones públicas, se justifica la urgencia de incorporar esta propuesta de acuerdo en el Pleno que se celebra el 24/06/2024 para evitar demorar un mes más la remisión de propuesta a la Comisión Territorial de Precios de la Comunidad Autónoma de Canarias, para que tramite la modificación de las citadas tarifas, las cuales entrarán en vigor en el momento en que dicho órgano haga publicación de las mismas en el Boletín Oficial de Canarias. ANTECEDENTES. PRIMERO: Vista la solicitud de fecha 05/09/2023, presentada por registro de entrada de este Ayuntamiento, en relación a la actualización de tarifas urbanas del servicio de Taxi en el municipio de Agüimes por Don José Bordón Munguía, mayor de edad, provisto del DNI º 43.28.51.37-B, actuando en representación de la ASOCIACIÓN DE TAXIS ROQUE AGUAYRO, con CIF nº G-35396282 con domicilio social en la Calle Adargoma, nº 30, término municipal de Agüimes. SEGUNDO: Visto el estudio económico de fecha 15/05/2024 en relación a la actualización de tarifas urbanas del servicio de Taxi en el municipio de Agüimes por el Grupo VBA S.L. con CIF ES-B3536981-8 mediante adjudicación de contrato menor, donde plantea un incremento en las tarifas del 25,26%, con respecto a las que se encuentran vigentes en el BOC nº 2 03/01/2017. TERCERO: Visto el informe emitido por el Departamento de Tesorería de fecha 18/06/2024, en sentido favorable a la actualización de tarifas urbanas del servicio de Taxi en el municipio de Agüimes. En aplicación a lo dispuesto en Decreto Territorial 64/2000, de 25 de abril, por el que se regula el procedimiento para la implantación y modificación de precios de bienes y servicios autorizados y comunicados de ámbito autonómico, modificado por Decreto 77/2011 de 24 de marzo. En virtud de lo expuesto al Pleno del Ayuntamiento, el que suscribe, PROPONE: Primero.- Aprobar el incremento de las Tarifas urbanas del servicio del Taxi en el 25,26%, respecto de las tarifas vigentes publicadas en Boletín Oficial de Canarias nº 2 de fecha de 03 de enero de 2017, quedando las mismas según se indica en el cuadro siguiente: Segundo.- Remitir el expediente con el acuerdo a la Comisión Territorial de Precios de la Comunidad Autónoma de Canarias, para que tramite la modificación de las citadas tarifas, las cuales entrarán en vigor en el momento en que dicho órgano haga publicación de las mismas en el Boletín Oficial de Canarias. Es todo cuanto cumplo en informarle a Vd., quien, no obstante, resolverá lo procedente.” Seguidamente se da cuenta del Informe del Técnico, de fecha 19 de junio de 2024: “INFORME En atención al encargo solicitado por la Concejalía de Movilidad, el funcionario que suscribe tiene a bien emitir el siguiente informe en relación a la de revisión de tarifas urbanas del servicio de Taxi en el municipio de Agüimes (BOC nº 2 03/01/2017), propuesta por Don José Bordón Munguía, mayor de edad, provisto del DNI º 43.28.51.37-B, actuando en representación de la ASOCIACIÓN DE TAXIS ROQUE AGUAYRO, con CIF nº G-35396282 con domicilio social en la Calle Adargoma, nº 30, el término municipal de Agüimes. HECHOS PRIMERO: Con fecha 05/09/2023, se presenta por registro de entrada de este Ayuntamiento, solicitud de actualización de tarifas urbanas del servicio de Taxi en el municipio de Agüimes por Don José Bordón Munguía, mayor de edad, provisto del DNI º 43.28.51.37-B, actuando en representación de la ASOCIACIÓN DE TAXIS ROQUE AGUAYRO, con CIF nº G-35396282 con domicilio social en la Calle Adargoma, nº 30, término municipal de Agüimes. SEGUNDO: Con fecha 15/05/2024, se realiza estudio económico en relación a la actualización de tarifas urbanas del servicio de Taxi en el municipio de Agüimes por el Grupo VBA S.L. con CIF ES-B3536981-8 mediante adjudicación de contrato menor, donde plantea un incremento en las tarifas del 25,26%, con respecto a las que se encuentran vigentes en el BOC nº 2 03/01/2017. A continuación, se indica en el cuadro las tarifas actuales y las propuestas: FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero: Las tarifas urbanas del servicio de taxi se encuentran sometidas a regulación por la Comisión Territorial de Precios de la Comunidad Autónoma de Canarias, en virtud del Decreto Territorial 64/2000, de 25 de abril, por el que se regula el procedimiento para la implantación y modificación de precios de bienes y servicios autorizados y comunicados de ámbito autonómico, modificado por Decreto 77/2011 de 24 de marzo. Siendo así, el expediente deberá elevarse al Pleno de la corporación con la propuesta de incremento de precios, toda vez que es el órgano competente para aprobar la modificación de las mismas en la fase inicial del procedimiento. Segundo: Según lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Territorial 64/2000, de 25 de abril, por el que se regula el procedimiento para la implantación y modificación de precios de bienes y servicios autorizados y comunicados de ámbito autonómico, modificado por Decreto 77/2011 de 24 de marzo, el procedimiento se ha de regir de la siguiente manera: “1. Los expedientes de implantación y de modificación de tarifas de los servicios de competencia local sometidos al régimen de precios autorizados de ámbito autonómico, que no sean prestados por las Corporaciones Locales por sí mismas o mediante órganos exclusivamente dependientes de ellas, se iniciarán con la solicitud de la entidad que los realice ante la Corporación Local, dirigida al Presidente de la Comisión Territorial de Precios correspondiente. 2. A la solicitud se adjuntará la documentación siguiente: a) Documentos acreditativos de la personalidad del solicitante y, en su caso, de su legitimación. b) Títulos administrativos necesarios para el desarrollo de la actividad de la empresa. c) Tarifas vigentes o, en caso contrario, la manifestación expresa de no haber recaído anteriormente esta clase de autorización, así como el nuevo precio o tarifas solicitadas, indicando, en su caso, el porcentaje del incremento. d) Memoria en la que se justifique la conveniencia de las tarifas solicitadas. e) Estudio económico (…)” El expediente se elevará al Pleno de la corporación con la propuesta de incremento de precios para aprobar la modificación de las mismas en la fase inicial del procedimiento. Seguidamente, el expediente será remitido con el acuerdo municipal a la Comisión Territorial de Precios de la Comunidad Autónoma de Canarias para la aprobación en su caso de la propuesta elevada; Resolución que entrará en vigor en el momento en que dicho órgano haga publicación de las mismas en el Boletín Oficial de Canarias. Tercero: La solicitud de actualización de tarifas urbanas del servicio de Taxi en el municipio de Agüimes viene a colación de la evolución de los costes que se han venido produciendo desde la última modificación, recogida en la Orden de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento, de fecha 02/12/2016, BOC nº2 de 03/01/2017. El estudio económico realizado por el Grupo VBA S.L, sigue los criterios fijados por la ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española y el Real Decreto 55/2017, de 3 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española, planteando en el modelo de revisión un incremento en las tarifas del 25,26%. En cumplimiento de lo solicitado por la Concejalía de Movilidad, y sin perjuicio de que la Corporación adopte el acuerdo que considere más conforme con los intereses municipales y de conformidad con lo expuesto, se propone se estime FAVORABLE, la propuesta de actualización de tarifas urbanas del servicio de Taxi en el municipio de Agüimes.” Igualmente se da cuenta del Informe de intervención, de fecha 24 de junio de 2024: “INFORME DE INTERVENCIÓN FISCALIZACIÓN PREVIA ACTUALIZACIÓN DE TARIFAS URBANAS DEL SERVICIO DE TAXI EN EL MUNICIPIO DE AGÜIMES. El Funcionario que suscribe, Interventor de Fondos del Ayuntamiento de Agüimes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 214.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL), la función interventora tendrá por objeto fiscalizar todos los actos de las entidades locales y de sus organismos autónomos que den lugar al reconocimiento y liquidación de derechos y obligaciones o gastos de contenido económico, los ingresos y pagos que de aquéllos se deriven, y la recaudación, inversión y aplicación, en general, de los caudales públicos administrados, con el fin de que la gestión se ajuste a las disposiciones aplicables en cada caso. En este sentido, el artículo 214.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, determina que el ejercicio de la función interventora comprende, entre otras, la intervención crítica o previa de todo acto, documento o expediente susceptible de producir derechos u obligaciones de contenido económico o movimiento de fondos de valores. En atención a las anteriores consideraciones emite el siguiente INFORME: PRIMERO.- Antecedentes: Habiéndose interesado informe por el negociado de Tráfico y Movilidad de este Ayuntamiento respecto a la aprobación de la propuesta de incremento de las Tarifas urbanas del servicio del Taxi en el 25,26%, respecto de las tarifas vigentes. SEGUNDO.- Capacidad y competencia Municipales. Este Ayuntamiento, en su calidad de Administración Pública de carácter territorial y dentro de la esfera de sus competencias, le corresponde dentro de su potestad normativa la aprobación de la modificación de las tarifas urbanas del servicio de taxis (artículo 2 del Decreto Territorial 64/2000, de 25 de abril, por el que se regula el procedimiento para la implantación y modificación de precios de bienes y servicios autorizados y comunicados de ámbito autonómico así como lo dispuesto en el artículo 25,2 g de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y artículo 55 del Real Decreto Legislativo 781/1986 de 14 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de Disposiciones Legales Vigentes en Materia de Régimen Local). TERCERO.- Órgano competente: El órgano competente para la aprobación de la actualización de las tarifas es el Pleno del Ayuntamiento, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 del Decreto Territorial 64/2000, de 25 de abril, por el que se regula el procedimiento para la implantación y modificación de precios de bienes y servicios autorizados y comunicados de ámbito autonómico. CUARTO.- Fiscalización: Con arreglo a lo establecido en el artículo 214 del TRLRHL La función interventora tendrá por objeto fiscalizar todos los actos de las entidades locales y de sus organismos autónomos que den lugar al reconocimiento y liquidación de derechos y obligaciones o gastos de contenido económico, los ingresos y pagos que de aquéllos se deriven, y la recaudación, inversión y aplicación, en general, de los caudales públicos administrados, con el fin de que la gestión se ajuste a las disposiciones aplicables en cada caso. Esta fiscalización preceptiva deberá efectuarse antes de que se origine la actuación. Dado que esta actualización de tarifas no origina el nacimiento de nuevas obligaciones ni derechos de contenido económico para el Ayuntamiento dado que la finalidad del expediente es implantar nuevos precios por la prestación de un servicio entre particulares, no procede la fiscalización previa. Es lo que ha de informar a la Corporación, teniendo en cuenta que el presente informe se realiza exclusivamente a efectos de la fiscalización prevista en la normativa vigente y manifestando expresamente la no valoración de las circunstancias de oportunidad, necesidad o urgencia que motivan el expediente fiscalizado. En Agüimes, a fecha de la firma electrónica.” -------------------------- Don Antonio Vélez Pérez (Grupo Mixto: CC) comenta que van a votar a favor de la moción. Pide que se tenga en cuenta una propuesta que le han hecho llegar los vecinos de Corralillos, y es que a ellos no se les aplique la tarifa interurbana, ya que Corralillos está tan cerca como Agüimes Casco. Don Efraín González Rodríguez (RA) contesta respecto a la propuesta que hace CC, que para eso habría que hacer una modificación del Reglamento municipal del taxi. Podríamos hacer una propuesta para estudiar los ámbitos de aplicación de las tarifas de taxis. En el núcleo de Corralillos, en varias ocasiones, hemos intentado conseguir transporte, mediante la modalidad taxi-guagua, con la Autoridad Única del Transporte. Seguiremos en la batalla, para que estos núcleos que no cuentan con transporte regular, cuenten con alternativas más económicas para sus desplazamientos. Sometido a votación el punto referente a la actualización de las tarifas de los taxis, el mismo es aprobado por unanimidad de los diecinueve asistentes. 11.- RUEGOS Y PREGUNTAS.- * Doña Iulia María Bocea Miteu (Grupo Mixto: VOX): 1).- Los vecinos de Temisas piden que la Policía Local, de vez en cuando, controle el tema de los aparcamientos junto a la piscina, ya que a pesar de estar el disco de prohibido aparcar, la gente sigue aparcando mal, obstaculizando la entrada de cualquier vehículo de emergencia. 2).- Ruega pedir al Cabildo que revise las pintadas el municipio, sobre todo en el Barranco Las Vacas. * Doña Josefa Isabel Méndez Dávila (PSOE): 1).- Da las gracias al Sr. Alcalde y al concejal de Participación ciudadana, por las facilidades que les dio, cediéndoles el espacio, y todo el equipamiento necesario para la actividad formativa organizada por el Partido Socialista de Gran Canaria, el día 15 de junio de 2024. * El Sr. Alcalde contesta: 1).- Se trasladará a la Jefa de la Policía Local lo del aparcamiento junto a la piscina de Temisas. 2).- Lo de instar al Cabildo para que revise el tema de las pintadas, lo haremos a través de un escrito. Y no habiendo más asuntos que tratar, la Presidencia da por finalizada la sesión cuando son las veintiuna horas y catorce minutos del mismo día de su comienzo, y yo el Secretario doy fe. EL ALCALDE EL SECRETARIO